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El memorándum y las Direcciones Generales Adjuntas

Actualizado: 17 jun 2019

El pasado 3 de mayo, el presidente Andrés Manuel López Obrador emitió un memorándum a todos los servidores públicos del Poder Ejecutivo Federal, en el que implementó medidas de austeridad para liberar mayores recursos para el desarrollo.

Entre estas medidas se encuentra la eliminación de las plazas con nivel de Dirección General Adjunta (DGA), asimismo, en conferencia de prensa comentó que las direcciones generales adjuntas son el “equivalente a secretarías” de estado y que generan duplicidad con otras áreas, que éstas fueron creadas en el sexenio foxista y que se engrosó su número en los años siguientes; sin embargo, ¿es esto cierto?, ¿qué es una dirección general adjunta?, ¿con qué privilegios cuentan?, ¿cuáles son los ahorros generados por dicha supresión?

Según el Manual de Sueldos y Prestaciones para los Servidores Públicos de Mando de la Administración Pública Federal, publicado el 28 de enero del 2000 en el Diario Oficial de la Federación, así como en la iniciativa de decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) del 2000, las DGAs y sus homólogas pertenecían al grupo de mando gerencial, lo importante de estos documentos es que dan cuenta de que las DGAs existían desde antes del sexenio foxista y estaban subordinadas según su grupo jerárquico a una Dirección General y no precisamente como una equivalencia a Secretaría de Estado.

Este nivel se sigue conservando tanto en las estructuras orgánicas de las dependencias del ejecutivo, así como en los analíticos de plazas del PEF hasta 2019; así, la mayoría de las DGA’s adscritas a secretarías y dependencias del Gobierno Federal cumplen la función de mando gerencial, y hasta hoy día habitualmente subordinadas jerárquicamente a una dirección general.

En cuanto a las percepciones, a nivel individual, los niveles de DGA (con niveles L11 a L33), cuentan con un total de 1.3 a 1.9 millones de pesos anuales, mientras que el mismo analítico de plazas indica que un Secretario de Estado cuenta con un monto total de percepciones de 2.3 mdp. Es decir, un DGA gana entre el 57% y el 83% de las percepciones de un secretario de estado, contrario a lo citado por el presidente.

A nivel dependencia, quienes se verían más afectados, en el caso de la total aplicación de la medida, serían la SHCP, SEGOB y SEMARNAT, ya que concentran el 34% de estos puestos; sin embargo, las Comisiones Reguladora de Energía y Nacional de Hidrocarburos, cuentan con una alta concentración de estas plazas, ya que el 14% de sus plazas tienen este nivel, suponiendo una seria afectación a sus funciones.


Referente al costo total, según el analítico de plazas del PEF 2019, actualmente, dentro de los llamados ramos administrativos, es decir, secretarías y dependencias del Ejecutivo Federal, se cuenta con 891,342 plazas, que cuestan 321,642 mdp, entre operativos, enlaces y personal de mando; de estos, 2,761 puestos son denominados como Director General Adjunto[1] con un costo de 1,865 mdp, es decir, representan el 0.3% de las plazas con una participación del 1.3% del costo total.

El ahorro máximo, en caso de eliminar en su totalidad este tipo de plazas, es marginal respecto al gasto total del gobierno, ya que asciende a 1,865 mdp y cerca de 2,800 puestos de trabajo; pero el costo operativo puede ser más alto a tal grado de poner en peligro la operación de dependencias como la CRE y la CNH, o la SHCP y SEGOB.

Referente a la supresión de plazas, es importante mencionar que el memorándum firmado por el presidente menciona: “Se eliminarán las plazas con el nivel de Dirección General Adjunta que fueron creadas injustificadamente desde el gobierno de Felipe Calderón”, en otras palabras, existe el margen para no eliminar todas las plazas con esta denominación, e inclusive con la frase “creadas injustificadamente”, abre la puerta a que el ajuste sea mínimo, mediante la justificación de funciones que cada dependencia haga sobre sus DGAs.

Pareciera que la eliminación de este nivel salarial es sólo por el adjetivo de “adjunto” que indicaría que es un área apéndice de una dirección general, cuando orgánicamente no es así; si bien existe un engrosamiento en la burocracia, el eliminar un nivel salarial, sin un diagnóstico previo de las funciones o de la estructura orgánica de cada dependencia, puede poner en riesgo la operación de programas así como la línea gerencial de mando que existe en las dependencias, y solo traerá un ahorro mínimo de recursos a un alto costo operativo.

Si se busca reducir esta burocracia, se debe hacer un análisis de funciones en todos los niveles que busque evitar la duplicidad de funciones en áreas, para poder adelgazar de una manera uniforme el personal y no sólo eliminando un nivel sin más justificación que por su sola denominación.

 


[1] Plazas seleccionadas con niveles L11 a L33, según el manual de remuneraciones, así como las que fuera de este rango tienen la denominación de “Director General Adjunto” u homólogas.

 
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